sábado, 20 de febrero de 2010

UN HELICÓPTERO DE PREFECTURA RESCATÓ A UNA MUJER EN EL RÍO DE LA PLATA



Navegaba a bordo de un velero. En una maniobra, sufrió un golpe fuerte en la cabeza con pérdida de conocimiento. Debía ser trasladada a un centro asistencial.

Un helicóptero de la Prefectura, con personal especializado en rescates, evacuó, esta mañana, a una mujer que se accidentó a bordo del velero Shipping, a la altura de la Bahía de Samborombón (Provincia de Buenos Aires).

La embarcación navegaba desde Buenos Aires hacia la ciudad de Mar del Plata con tres personas a bordo, cuando la mujer, de 50 años, se golpeó la cabeza y sufrió pérdida de conocimiento, una herida cortante encefálica y politraumatismos.

Alertada de la emergencia, Prefectura envió al lugar un helicóptero con médico a bordo.

La aeronave voló al encuentro del velero y, minutos después, rescató a la mujer.

Al momento de ser rescatada, ya había recuperado el estado de conciencia y se encontraba tranquila.

Posteriormente arribó al Helipuerto de Prefectura, en la Dársena “E” del puerto de Buenos Aires. Allí la aguardaba una ambulancia, que la Trasladó hacia el Hospital Fernández de la Ciudad de Buenos Aires.

viernes, 19 de febrero de 2010

MAS DE UN SIGLO DE HISTORIA

110° ANIVERSARIO DE LA CREACION DE LA PREFECTURA SAN JULIAN
En una ceremonia Interna llevada a cabo en la fecha en el patio de armas de la Prefectura San Julián, se recordó el 110° Aniversario de su asentamiento en esta localidad, a dicha ceremonia asistieron la totalidad de su personal, y fué presidida por el Jefe a Cargo, Subprefecto D. FERNANDO ALBERTO FRANCO.

La Prefectura San Julián, comparte un rico acervo historico junto a esta ciudad centenaria, siendo oportuno señalar la preciada actuación que le cupo a sus predecesores, que a cargo del timón del destino pusieron rumbo al futuro y, con fe, confianza y mucho sacrificio edificaron lo que hoy conforman el presente, por eso está en cada uno de sus hombres, el continuar bregando para que no pierda su lugar en los anales de la historia.

La Prefectura San Julián, además quiere expresar por este medio su agradecimiento a todas las autoridades y comunidad en general, por permitir la integración de sus hombres y familias y de esta manera participar en el desarrollo de esta pujante localidad.

BARCOS A MALVINAS

LA GOBERNADORA FABIANA RÍOS Y PNA COORDINAN CONTROL
Ushuaia
La gobernadora de Tierra del Fuego, Fabiana Ríos, se reunió en horas de la tarde de ayer, con autoridades de Prefectura Naval en Ushuaia, para coordinar la aplicación del decreto presidencial 256, que establece la regulación de la navegación de puertos argentinos a las islas Malvinas. El martes la presidenta Cristina Fernández de Kirchner dispuso mediante el decreto 256 que los buques que partan de puertos argentinos a Malvinas deberán solicitar previa autorización al gobierno argentino.
La gobernadora expresó su decisión de «poner a disposición del nuevo esquema establecido por el decreto nacional a todas las áreas del Gobierno provincial, para que colaboren en lo que sea necesario para los controles que requieran ser aplicados».

El jefe de operaciones de Prefectura en Ushuaia, Prefecto Principal RODOLFO ALFREDO GONZALEZ, explicó a Télam que la gobernadora transmitió a la fuerza su «predisposición para brindar toda la estructura del gobierno provincial a la autoridad marítima, para la aplicación de ese decreto».

Explicó que habitualmente Prefectura controla el despacho de entrada y salida de buques, en el que se verifica cuestiones de seguridad y documentación, «a partir de ahora solicitaremos la autorización a la comisión creada por el decreto».

Indicó que este control afectará más que nada a los cruceros de pasajeros que viajan desde Ushuaia a Malvinas, que en esta época generan un movimiento importante.

La reunión se realizó en la Casa de Gobierno fueguina y asistió además el ministro de Gobierno, Guillermo Aramburu; la subsecretaria de Relaciones Internacionales, Carolina Lavori; la subsecretaria Legal y Técnica, Solange Verón, y el titular de la Dirección Provincial de Puertos, Adrián Gómez.
FUENTE: La Prensa de Santa Cruz - Internet - 19-02-2010.

jueves, 18 de febrero de 2010

PREFECTURA SECUESTRÓ MÁS DE 6100 CARTONES DE CIGARRILLOS CON UN VALOR COMERCIAL DE 225 MIL PESOS



Fue en la última quincena. La mayoría de los cigarrillos fueron incautados en la zona de frontera con la República del Paraguay.

Efectivos de la Prefectura, que patrullan la frontera en prevención del delito, secuestraron, en los últimos 15 días, 6.140 cartones de cigarrillos que habían sido ingresados a la Argentina ilegalmente.
La mayoría de los procedimientos se realizaron en las provincias de Misiones y Corrientes, en las ciudades de Posadas, Iguazú, Puerto Libertad, Paso de la Patria e Itatí.
El “modus operandi” que utilizan los contrabandistas consiste, en general, en ingresar la mercadería a la Argentina durante la noche, por pasos no habilitados, por donde intentan sortear los controles fronterizos.
En total durante este período, Prefectura detuvo a 36 personas, la mayoría de nacionalidad paraguaya.

Decreto 256/2010 PODER EJECUTIVO NACIONAL

TRANSPORTE MARÍTIMO – BUQUES – AUTORIZACIÓN PREVIA
Publicada en el Boletín Oficial del 17-feb-2010
Número: 31845
Página: 1
Decreto 256/2010
Establécese que todo buque que se proponga transitar entre puertos ubicados en el territorio continental argentino y en las Islas Malvinas, Georgias del Sur y Sándwich del Sur deberá solicitar una autorización previa. Créase, en el ámbito de la Jefatura de Gabinete de Ministros, la Comisión Permanente de Evaluación de Regulaciones.

Bs. As., 16/2/2010
VISTO la Disposición Transitoria Primera de la CONSTITUCION NACIONAL y las Leyes Nº 23.968, 24.543 y 26.386, y CONSIDERANDO:
Que el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE ocupa ilegítimamente las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR y los espacios marítimos e insulares correspondientes.
Que la persistencia de dicha ocupación se traduce en una controversia de soberanía que ha sido reconocida por la ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS, la ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS y otros organismos internacionales.
Que el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE mantiene su negativa a dar cumplimiento a las Resoluciones 2065 (XX), 3160 (XXVIII), 31/49, 37/9, 38/12, 39/6, 40/21, 41/40, 42/19 y 43/25 de la Asamblea General de las Naciones Unidas en las que se reconoce la existencia de una disputa de soberanía referida a la “Cuestión de las Islas Malvinas” y se insta a los gobiernos de la REPUBLICA ARGENTINA y del REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE a que reanuden las negociaciones a fin de encontrar a la mayor brevedad posible una solución pacífica, justa y duradera de la disputa.
Que también persiste el incumplimiento británico de la disposición de no innovar, establecida en la Resolución 31/49 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se manifiesta en sucesivos episodios vinculados a la explotación de recursos naturales.
Que en lo referido a los recursos vivos, se sancionó la Ley Nº 26.386 con el propósito de regular las autorizaciones para la explotación de recursos vivos marinos en espacios marítimos sometidos a la jurisdicción nacional.
Que, del mismo modo, en marzo de 2007 se adoptó la Resolución Nº 407/07 de la Secretaría de Energía del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, por la cual se busca preservar los recursos no renovables ubicados en la plataforma continental argentina de toda explotación por parte de terceros que no cuenten con permisos emitidos por las autoridades nacionales competentes.
Que el Gobierno Argentino ha protestado enérgicamente ante el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE la realización de todos los actos unilaterales británicos relacionados con los territorios y espacios marítimos que son objeto de la controversia.
Que la REPUBLICA ARGENTINA ha puesto en conocimiento de las empresas vinculadas con las ilegítimas actividades propiciadas por el REINO UNIDO DE GRAN BRETAÑA e IRLANDA DEL NORTE y de los Gobiernos de los países en que dichas empresas tienen su sede, tanto su posición como su protesta ante el Gobierno Británico.
Que, en ese marco, resulta necesario recordar la vigencia de la Disposición Transitoria Primera de la CONSTITUCION NACIONAL por la cual la Nación Argentina ratifica su legítima e imprescriptible soberanía sobre las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR y los espacios marítimos e insulares correspondientes por ser parte integrante del territorio nacional, lo que constituye un objetivo permanente e irrenunciable.
Que por Ley Nº 21.024 de 1975 se declaró de interés nacional el estudio de las posibilidades que ofrecen las riquezas petrolíferas de la plataforma submarina que corresponde a las ISLAS MALVINAS, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUR.
Que, asimismo, la Ley Nº 23.968 establece los espacios marítimos bajo soberanía y jurisdicción de la REPUBLICA ARGENTINA, disponiendo su artículo 6º que ejerce soberanía sobre la plataforma continental, espacio marítimo que comprende el lecho y el subsuelo de las áreas submarinas que se extienden más allá de su mar territorial y a todo lo largo de la prolongación natural de su territorio hasta el borde exterior del margen continental, o bien hasta una distancia de DOSCIENTAS (200) millas marinas medidas desde las líneas de base que se establecen en el artículo 1º de la misma Ley.
Que en ese sentido, la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar, aprobada por Ley Nº 24.543 y ratificada el 1 de diciembre de 1995, reconoce a la REPUBLICA ARGENTINA como Estado ribereño derechos de soberanía sobre la plataforma continental a los efectos de la exploración y la explotación de sus recursos minerales.
Que con el fin de preservar los recursos naturales en las áreas que son objeto de la disputa de soberanía es conveniente complementar las normas vigentes.
Que los artículos 32, 89 y 92 de la Ley Nº 20.094 establecen que la navegación en aguas de jurisdicción nacional es regulada por la autoridad marítima, quien a tal efecto dicta las reglas de gobierno, pudiendo limitar o prohibir, por razones de seguridad pública, el tránsito o la permanencia de buques en determinadas zonas de las aguas navegables de jurisdicción nacional, como así también prohibir la navegación en los puertos y en sus canales de acceso, y la entrada y salida de buques cuando medien razones de orden público.
Que sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley precitada, el PODER EJECUTIVO NACIONAL ha decidido hacer uso de la facultad de avocación, en virtud de la relevancia que reviste la materia de que se trata.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones emergentes del artículo 99, incisos 1 y 2 de la CONSTITUCION NACIONAL.
Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Todo buque o artefacto naval que se proponga transitar entre puertos ubicados en el territorio continental argentino y puertos ubicados en las ISLAS MALVINAS, GEORGIAS DEL SUR Y SANDWICH DEL SUR, o atravesar aguas jurisdiccionales argentinas en dirección a estos últimos, y/o cargar mercaderías a ser transportadas en forma directa o indirecta entre esos puertos, deberá solicitar una autorización previa expedida por la autoridad nacional competente.
Art. 2º — El MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, a través de la SUBSECRETARIA DE PUERTOS Y VIAS NAVEGABLES, el MINISTERIO DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, a través de la PREFECTURA NAVAL ARGENTINA, el MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y el MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO, dictarán en el ámbito de su competencia, las normas reglamentarias que resulten necesarias a los fines del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, en consulta con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO.
Art. 3º — Créase, en el ámbito de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la COMISION PERMANENTE DE EVALUACION DE REGULACIONES, la que estará integrada por los representantes de las áreas pertinentes de los MINISTERIOS DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, DE JUSTICIA, SEGURIDAD Y DERECHOS HUMANOS, DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, DE INDUSTRIA Y TURISMO y DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, a fin de coordinar las acciones necesarias para la implementación del presente Decreto y actuar como organismo de asesoramiento y consulta de la autoridad nacional competente a que se hace referencia en el artículo 1º del presente.
La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS suministrará a la Comisión el apoyo material y humano necesario para el cumplimiento de sus cometidos. Dicha Comisión podrá dictar su Reglamento Interno de Funcionamiento.
Art. 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
— FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Nilda C. Garré. — Amado Boudou. — Débora A. Giorgi. — Julio M. De Vido. — Julio C. Alak.

miércoles, 17 de febrero de 2010

PREFECTURA SECUESTRO UNA EMBARCACION CON MAS DE 26 KILOGRAMOS DE MARIHUANA

El hecho se produjo a la altura del km 203, sobre la margen derecha del Río Paraguay, lugar donde se avistó una canoa sin tripulantes y con mercadería a bordo.

Una embarcación de la Prefectura Naval Argentina, que patrullaba la zona, observó sobre la costa, una canoa sin nombre ni matricula y sin personas a bordo, detectando en el interior de la misma una bolsa tipo arpillera que contenía 34 panes envueltos en cinta de color azul que por sus características, eran similares a la marihuana.

Realizadas las pruebas de narcotest correspondientes, se constató que la sustancia secuestrada era marihuana, cuyo pesaje arrojo un total de 26, 620 kgs.

Se puso el hecho en conocimiento del Juzgado Federal Nº 1 de la ciudad de Formosa, a cargo del Dr. Marco Bruno Quinteros, quien ordenó el secuestro de la embarcación y la mercadería

lunes, 15 de febrero de 2010

VISITA DEL SUBPREFECTO NACIONAL NAVAL AL SERVICIO DE GUARDACOSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS (UNITED STATES COAST GUARD-USCG)

En el marco de las distintas actividades de carácter internacional que la Institución tiene programada para el corriente año, el Subprefecto Nacional Naval Prefecto General Enrique Julio Cingolani, visitó el Centro de Entrenamiento Yorktown, ubicado en la ciudad homónima del Estado de Virginia, lugar de asiento del Oficial de Enlace de la Prefectura Naval Argentina ante el Servicio Guardacostas de los Estados Unidos (USCG-United States Coast Guard).

La Autoridad Argentina fue recibida por el titular del Centro Capitán (USCG) William J. Milne y una nutrida comitiva. Además de las actividades protocolares, recorrió las Instalaciones de la Escuela de Máquinas y del novedoso simulador de botes que se utiliza para la formación de futuros tripulantes.

Tras un almuerzo de camaradería que diera cierre a la visita, el Subprefecto Nacional Naval se trasladó hasta el Cuartel Central del USCG, ubicado en la ciudad de Washington (DC), donde mantuvo una entrevista con su par el Vicecomandante de la fuerza, Vicealmirante (USCG) David P. Pekoske.

Durante la reunión se tocaron temas de interés común para ambos servicios guardacostas y se formalizó la invitación a participar de los actos que se realizarán en Buenos Aires con motivo del Bicentenario de la Prefectura Naval Argentina que se celebrará el próximo 30 de junio.

Finalmente, el viaje incluyó una visita de cortesía a la Embajada Argentina en los Estados Unidos de América, oportunidad en que el Prefecto General Cingolani fuera recibido por el Señor Embajador don Héctor Marcos Timerman.